viernes, 12 de agosto de 2016

Temporalidad excesiva

La media anual de asalariados con un contrato de duración limitada suponía en la UE de los 28 un 11% sobre el total de los asalariados en 2014. En España esa cifra se disparó al 19,6 en ese año y que ha pasado a un 20,7% en 2015.
Este tipo de contratos afecta en especial a mujeres y jóvenes que constituyen un capital humano que Europa no puede desperdiciar si quiere seguir compitiendo a nivel global.
El concepto o el instrumento del contrato temporal no es en sí mismo bueno o malo, es la perversa utilización que se hace de él por parte de los empleadores la que trastoca el mercado laboral.

http://iniciativadebate.org/2016/08/06/temporalidad-excesiva/